¿Tenés una Pyme? Vas a poder acceder a una rebaja en bienes personales
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha lanzado un nuevo formulario para el acceso a la rebaja en el Impuesto a los Bienes […]
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha lanzado un nuevo formulario para el acceso a la rebaja en el Impuesto a los Bienes Personales para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs). Esta medida busca beneficiar a los contribuyentes cumplidores mediante una reducción en la alícuota del impuesto. A continuación, te contamos todos los detalles sobre esta nueva herramienta y los cambios en el cronograma de vencimientos.
Nuevo aplicativo para la rebaja fiscal
La AFIP ha habilitado un nuevo aplicativo denominado “BIENES PERSONALES – ACCIONES Y PARTICIPACIONES SOCIETARIAS – Versión 6.0”. Esta herramienta permite a las MiPyMEs presentar la declaración jurada del Impuesto a los Bienes Personales, correspondiente a acciones y participaciones societarias, y aprovechar el beneficio fiscal estipulado en la Ley de Medidas Fiscales Paliativas.
La nueva versión del aplicativo está disponible en la web de la AFIP y está diseñada para los responsables sustitutos que hayan presentado y cancelado en su totalidad antes del 31 de diciembre de 2023 las declaraciones juradas correspondientes a los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022.
Beneficios de la rebaja
Gracias a esta medida, las empresas cumplidoras podrán disfrutar de una reducción de la alícuota del impuesto. Para los ejercicios fiscales 2023, 2024 y 2025, la tasa aplicada será del 0,375% en lugar del porcentaje estándar. Esta rebaja de 0,125 puntos porcentuales es un incentivo para mantener la regularidad en las obligaciones fiscales y está contemplada en el artículo 65 de la Ley N° 27.743.
Nuevas fechas de vencimiento
La Resolución General 5539/24, publicada en el Boletín Oficial, también establece un nuevo cronograma para la presentación y el pago del impuesto. Las fechas de vencimiento quedan estipuladas de la siguiente manera:
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 26 de agosto de 2024, inclusive
- Terminación CUIT 4, 5 y 6: 27 de agosto de 2024, inclusive
- Terminación CUIT 7, 8 y 9: 28 de agosto de 2024, inclusive
Los responsables que ya hayan cumplido con la presentación del impuesto deberán confeccionar y presentar una nueva declaración jurada utilizando la nueva versión del aplicativo para acceder a la rebaja. Asegúrate de seguir estos pasos para beneficiarte de la reducción de la alícuota.
La implementación de esta nueva herramienta y la extensión de los vencimientos proporcionan una valiosa oportunidad para que las MiPyMEs optimicen su carga tributaria y cumplan con sus obligaciones fiscales de manera más conveniente. Para más información y acceso al aplicativo, visita el sitio web de la AFIP.
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Emiliano Chitti
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