Última actualización: 15 mayo 2025
Extienden el plazo para adherirse a los planes de pago de AFIP: ¿quiénes pueden acceder y cómo hacerlo?
AFIP extiende hasta el 30 de mayo el plazo para acceder a planes de pago. Conocé quiénes pueden adherirse, qué deudas incluye y cómo hacer el trámite desde Mis Facilidades.
Índice de contenidos
- ¿A quiénes alcanza esta prórroga?
- ¿Qué tipo de deudas están incluidas?
- ¿Cómo es la financiación según el tipo de contribuyente?
- 🟢 Micro, pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro, sector salud y pequeños contribuyentes:
- 🟡 Medianas empresas (Tramos 1 y 2):
- ¿Cómo adherirse al plan paso a paso?
- Pasos:
- Requisitos para acceder
La AFIP anunció una extensión hasta el 30 de mayo de 2025 para que ciertos contribuyentes puedan adherirse a los planes de facilidades de pago vigentes, mediante la Resolución General 5680/25. Esta medida está dirigida a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, entidades sin fines de lucro, el sector salud y pequeños contribuyentes que tengan deudas vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024.
En esta nota, repasamos qué obligaciones están incluidas, cómo funciona la financiación, cuántas cuotas están disponibles y cómo realizar la adhesión paso a paso.
¿A quiénes alcanza esta prórroga?
El beneficio está dirigido a los siguientes grupos:
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Micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2).
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Entidades sin fines de lucro.
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Contribuyentes del sector salud.
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Pequeños contribuyentes.
Para acceder, se deben cumplir ciertas condiciones formales (CUIT activa, presentaciones al día, CBU declarada y Domicilio Fiscal Electrónico).
¿Qué tipo de deudas están incluidas?
Podés incluir en el plan las siguientes obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024:
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Impuestos nacionales y recursos de la seguridad social, incluidos intereses y multas.
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Retenciones y percepciones impositivas.
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Multas aduaneras, cargos suplementarios y liquidaciones por tributos de importación/exportación.
¿Cómo es la financiación según el tipo de contribuyente?
El régimen contempla tasas de interés reducidas sobre la tasa resarcitoria vigente, y varía según el tipo de contribuyente:
🟢 Micro, pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro, sector salud y pequeños contribuyentes:
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Tasa: 25% de la tasa de interés resarcitorio vigente.
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Cuotas:
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Hasta 48 cuotas para obligaciones generales y aduaneras.
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Hasta 24 cuotas para retenciones y percepciones.
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🟡 Medianas empresas (Tramos 1 y 2):
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Tasa: 40% de la tasa resarcitoria vigente.
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Cuotas:
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Hasta 36 cuotas para obligaciones generales y aduaneras.
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Hasta 18 cuotas para retenciones y percepciones.
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¿Cómo adherirse al plan paso a paso?
La adhesión se realiza exclusivamente a través del sistema “Mis Facilidades” en la web de AFIP.
Pasos:
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Ingresá a www.afip.gob.ar con tu CUIT y Clave Fiscal.
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Accedé al servicio “Mis Facilidades”.
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Seleccioná el plan correspondiente y cargá las obligaciones a regularizar.
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Elegí el tipo de deuda y cantidad de cuotas.
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Confirmá los datos y generá el plan.
📅 Tenés tiempo hasta el 30 de mayo de 2025 para adherirte.
Requisitos para acceder
Asegurate de cumplir con los siguientes requisitos antes de adherirte:
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Tener Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
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Haber presentado todas las declaraciones juradas vencidas.
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Contar con la CUIT activa.
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Tener una CBU informada en AFIP.
